REPORTES BIMESTRALES Y CONTROL DE HORAS

Descripción
Le recordamos que de acuerdo al artículo 21 fracción III del Reglamento General de Servicio Social de la UNAM, deberá presentar reportes bimestrales de actividades a más tardar 10 días hábiles posteriores a la fecha de cumplimiento del bimestre que corresponda, los cuales deberán ser firmados y sellados por el coordinador directo y/o responsable del programa, además de estar acompañados del control parcial de horas del alumno firmados y sellados; en dichos informes se deberá indicar con precisión el total de horas acumuladas en cada periodo (únicamente horas completas) de acuerdo con el horario de servicio social establecido en la carta de aceptación para el estudiante, así como la descripción detallada de “mínimo 5 actividades” realizadas en el mismo.