SERVICIO SOCIAL · ARTÍCULO 28

Alumnos exentos de presentar Servicio Social.

El alumnado y las personas egresadas no tituladas, que opte por esta opción de servicio social tendrá que contar con mínimo 70% de créditos de tu licenciatura.
Requisitos y documentación
El alumnado y las personas egresadas no tituladas, que cuenten con una edad mínima de 60 años o con alguna enfermedad grave que les impida la realización del servicio social universitario avalada por una institución del sector salud podrán optar por su exención de acuerdo con los siguientes requisitos.

Los estudiantes de la FCA que deseen registrar su Servicio Social por Artículo 28, deberán llevar en una memoria USB al Departamento de Servicio Social la siguiente información y documentación:

Archivo en formato Word
  • Nombre completo (ap. paterno, ap. materno y nombre(s))
  • Número de cuenta
  • Licenciatura
  • Generación de ingreso a la licenciatura (revisar en historial académico).
  • Sistema (Escolarizado, SUA o SUAYED)
  • Correo
Documentos
Original y copia:
  • Acta de nacimiento
  • CURP
  • INE
Otros:

Archivo en formato Word
  • Nombre completo (apellido paterno, apellido materno y nombre(s)).
  • Número de cuenta
  • Licenciatura
  • Generación de ingreso a la licenciatura (revisar en historial académico)
  • Sistema (Escolarizado, SUA o SUAYED)
  • Correo
Documentos
Historia clínica
  • Deberá presentar una historia clínica expedida por una Institución del Sector Salud, donde se detalle la enfermedad que le impide al alumno la realización del servicio social.
Otros:
Los archivos digitales deben ir en una carpeta llamada “Registro” dentro de una USB. Cuentas con 10 días hábiles desde la fecha de inicio en tu carta de aceptación para completar el trámite; de lo contrario, se cancela.